México en emergencia sanitaria por Covid-19; sectores no esenciales deben parar

México en emergencia sanitaria por Covid-19; sectores no esenciales deben parar

31 marzo, 2020 0 Por Laura Reyes

Ciudad de México, 31 de marzo de 2020.- El Consejo de Salubridad General decretó emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor ante la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19), por lo que ordenó, entre otras cosas, la suspensión inmediata de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social del 30 de marzo al 30 de abril.

La instancia reforzó y ajustó las medidas de emergencia sanitaria a nivel nacional para disminuir carga por la enfermedad, transmisión y muertes causadas por el Covid-19, derivado de que en las últimas horas la Secretaría de Salud ha señalado que el número de casos ha ido en aumento, por lo que ha recomendado que los habitantes del país permanezcan en sus casas.

El acuerdo considera siete medidas, entre ellas, mantener actividades esenciales como: laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el sector salud (público y privado).

Además de las actividades que participan en su abasto, servicios y proveeduría, entre las que destacan el sector farmacéutico; la manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud.

En el tema de seguridad, se indicó que son esenciales las que involucran acciones de protección ciudadana y la soberanía nacional, además de la procuración e impartición de justicia, así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

En el sector económico, se consideran esenciales las áreas financieras, de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolinerías y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas. Además de mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados.

Al igual que servicios de transportes de pasajeros y carga; producción agrícola y pecuaria, agroindustria, química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada.

En el área de atención social, laborarán guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas de la tercera edad.

Telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, de almacenamiento y logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles).

También se clasificó como actividad esencial la operación de los programas sociales del gobierno y la conservación y mantenimiento de infraestructura.

Las otras seis medidas aprobadas por el consejo consisten en prohibir las reuniones o congregaciones de más de 100 personas; exhortar a la población a cumplir el resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril.

Por: El Economista